Luego de la expedición del decreto 348 de febrero de 2015, el ministerio de transporte reglamenta el uso del FUEC para empresas de transporte especial de pasajeros a través de la resolucion 1069 de abril de 2015.

El FUEC debe ser portado por los conductores de vehículos LEGALES que estén prestando servicios de transporte de pasajeros en la modalidad de especial (escolares, empresariales y de turismo).